Para trabajadores AGRARIOS
Para trabajadores de la CONSTRUCCION
Para TRANSPORTISTAS - CONDUCTORES DE PRIMERA CATEGORIA
(Informa el 2% por tarea diferencia)
Para DIRECTORES
Para trabajadores de la CONSTRUCCION
Para TRANSPORTISTAS - CONDUCTORES DE PRIMERA CATEGORIA
(Informa el 2% por tarea diferencia)
Para DIRECTORES
Quienes utilizan controladores fiscales de “nueva
tecnología” deben cumplir con el régimen de información remitir los datos de
facturación mediante los archivos. pem que emite el controlador.
Los
controladores fiscales 2G ofrecen varios caminos para poder cumplir con la
exigencia de la AFIP y realizarse semanalmente la descarga de los reportes electrónicos
a presentar como DDJJ, independientemente que la descarga se realice mediante conexión
por puerto serie (RS-232 o USB), o por Ethernet. Dependiendo de la marca,
modelo y su sistema, deberá tener la función para realizar la tarea.
Desde el modulo Subdiarios ingresar en:
·
Comprobantes Procesos masivos
·
Importación
·
Importación desde Controlador Fiscal
(Archivos .pem)
·
Desde Archivo F8010*.pem
· F8010.pem
Su
contenido es la CTD (Cinta Testigo Digital, o memoria de auditoría).
Este archivo no se presenta a la AFIP. El contribuyente debe conservar dos
copias.
Este
archivo es equivalente al rollo testigo de papel de la generación anterior de
controladores fiscales.
En la ventana
emergente, en Cabecera, seleccionar "el archivo "que se descarga
desde el Controlador Fiscal. Luego presionar el botón CONECTAR.
Seguidamente se
podrán asignar:
Es posible señalar si el cliente del estudio:
Atribuye Ingresos a jurisdicción del adquiriente.
- Se agregó la
tabla de TOPES DE FACTURACION PARA CONSUMIDORES FINALES
Se actualizaron los topes para facturar a consumidores
finales sin el requerimiento de identificar los datos del comprador.
Fuente AFIP
De
acuerdo con lo establecido por la RG N° 4444/19 de AFIP se deben actualizar
dichos importes por semestre calendario (enero y julio de cada año).
FACTURACION
A CONSUMIDOR FINAL SIN IDENTIFICACION DEL COMPRADOR
Hasta Julio/2020 |
A partir de Agosto/2020 |
|
Pago a través de medios electrónicos |
$15.380 |
$17.472 |
Pago no efectuado a través de medios electrónicos autorizados |
$7.690 |
$8.736 |
|
|
|
|
|
|
De
acuerdo con el esquema anterior, en el caso de que se facture a consumidores
finales y se supere el importe de $17.472, se deberá identificar en la factura
los siguientes datos del comprador, locatario o prestatario:
·
Apellido y Nombres.
·
Domicilio.
·
CUIT/CUIL/CDI, en su caso, número de documento de
identidad (LE, LC, DNI o, en el supuesto de extranjeros, Pasaporte o CI).
La
identificación también se realizará cuando el importe de la operación sea igual
o superior a $ 8.736 y no se haya efectuado por alguno de los medios de pago
electrónicos autorizados:
·
Tarjetas de crédito,
·
Transferencias de pago instrumentadas mediante
tarjetas de débito, tarjetas prepagas no bancarias
·
Otros medios de pago equivalentes conforme normativa
del Banco Central de la República Argentina.
Los
importes mencionados no regirán cuando se trate de operaciones efectuadas por
responsables inscriptos frente al IVA cuya actividad principal corresponda a la
comercialización mayorista, a saber: industria manufacturera, comercio al por
mayor y al por menor, reparación de vehículos automotores y motocicletas. No
obstante, para estas actividades se exceptuará de identificar al cliente cuando
la operación sea igual o menor a $ 8.736 y el pago se efectúe por algún medio
electrónico autorizado.
Recordamos
que la próxima actualización de los topes en cuestión, será en el mes de enero
de 2021.